La Institución Educativa Indígena Alegãxu está ubicada en el Comunidad de Morichito, Resguardo Indígena de Caño Mochuelo.
La Institución Educativa Indígena Alegãxu de Morichito es de carácter público e intercultural fundamentado bajo los principios de cosmovisión Sáliba, Derecho Mayor; ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, capitulo 3º y Decreto 804 de 1995.
Es dirigida por las autoridades tradicionales de la comunidad de Morichito y la Secretaria de Educación de Casanare según resolución Nº. 0703 de Noviembre del 2002, para impartir la enseñanza en los niveles de educación Preescolar, básica y hasta Undécimo Grado.
Formar en valores de defensa, protección y uso auto sostenible del territorio; liderazgo y gobernabilidad; usos y costumbres; prácticas culturales e interculturales; ejercicio de la jurisdicción propia con autonomía, con saberes y prácticas comunitarias bilingües con apoyo de maestros, profesores, sabedores, autoridades y comunidad en el continuo proceso de actualización, quienes aportan recursos de conocimiento, técnicos y financieros para cumplir con los sueños de pervivencia y el camino trazado por los ancestros.
Al 2012 la Institución Educativas Sáliba ALEGÃXU será reconocida como ente formador del talento humano con las más altas cualidades humanas, con saber propio y apropiado, con capacidad investigativa para vincularse en el conuco familiar, la finca comunitaria, los grupos productivos - asociativos de los Resguardos en procura de valores de defensa, protección y uso auto sostenible del territorio; ejercer el liderazgo y gobierno en sus respectivos Resguardos; practicar usos y costumbres, sin vergüenza étnica; desarrollar prácticas culturales e interculturales con vocación y compromiso en ejercicio de su autonomía; respetuosos de las normas y reglamentos comunitarios con saberes y prácticas comunitarias que concreten el Plan de Vida Educativo-PEC.
Con la Ley 115 de 1994 en el Capítulo 3º y el Decreto Reglamentario 804 de 1995, Sentencia 208 de Marzo 24 de 2007, Constitución Política de Colombia de 1991 Artículos: 7, 10, 68, 246, 330, Convenio 169, y Ley 89 de 1890 que permite la construcción de principios de participación democrática del estamento estudiantil, profesores, padres de familia en la Gestión escolar.
CONSEJO MAYOR DE EDUCACIÓN PROPIA (COMEP)
Es el órgano de mayor acción y decisión en la gestión administrativa de la institución educativa.
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